Zamora Canaval

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Defensa penal por lavado de activos

Es un delito autónomo: no hace falta condena por el delito previo para ser investigado. La defensa se construye sobre el origen del patrimonio y empieza el primer día.

El lavado de activos es, en el ordenamiento peruano, un delito autónomo: para investigar y condenar por él no es necesario que exista condena previa —ni siquiera proceso abierto— por el delito del que supuestamente proceden los bienes. Basta con acreditar el origen ilícito de los activos a partir de indicios.

Esa autonomía explica por qué acaban investigadas personas que jamás pensaron verse en un proceso penal: empresarios cuyo cliente resultó estar investigado, socios de sociedades con un accionista cuestionado, profesionales que cobraron honorarios de origen después discutido.

El expediente que de verdad se juzga

En estos procesos la discusión rara vez es jurídica. Es contable, registral y bancaria. Lo que se examina es el flujo del dinero: de dónde salió, por dónde pasó, en qué se convirtió y si el nivel de vida y el patrimonio son coherentes con los ingresos declarados.

Por eso la defensa técnica que solo discute la calificación jurídica pierde. La que gana es la que reconstruye el desbalance patrimonial que alega la Fiscalía y lo desmonta con documentación.

El desbalance patrimonial es la columna vertebral de la acusación. Si se explica documentalmente, el caso se cae. Si no se explica, ningún argumento jurídico lo compensa.

Los primeros días deciden el caso

La etapa de diligencias preliminares es donde se fija el terreno: se recopilan levantamientos del secreto bancario, informes de la Unidad de Inteligencia Financiera, información registral y declaraciones. Lo que se declare ahí condiciona todo lo que venga después.

Es también el momento en que más errores se cometen: declarar sin haber revisado el expediente patrimonial propio, entregar documentación desordenada, o explicar de memoria operaciones de hace diez años. Cada inexactitud, aunque sea de buena fe, se convierte después en un indicio de ocultamiento.

Qué hacemos

Auditoría patrimonial previa a cualquier declaración

Antes de comparecer, reconstruimos el patrimonio y su origen. La declaración se prepara sobre documentos, no sobre recuerdos.

Defensa técnica en la investigación

Control de la legalidad de los levantamientos del secreto bancario y de las medidas de búsqueda de pruebas, oposición a medidas cautelares reales, y aportación ordenada de la prueba de descargo.

Contención del riesgo asociado

El lavado de activos casi nunca viene solo: suele acompañarse de un proceso de extinción de dominio sobre los bienes y, en el caso de personas jurídicas, de responsabilidad autónoma de la empresa bajo la Ley 30424. Los tres frentes se dirigen a la vez o se pierde en alguno.

Dimensión internacional

Cuando hay cuentas, sociedades o inmuebles en España, obtenemos y legalizamos la documentación a través de nuestros despachos aliados, y coordinamos la respuesta si existe cooperación judicial entre ambos Estados.

Empresas y directivos

Una compañía puede ser investigada por hechos cometidos por un directivo o incluso por un tercero vinculado. En esos casos hay que separar desde el principio la defensa de la empresa de la de las personas físicas: los intereses divergen antes de lo que se cree, y una defensa conjunta mal planteada perjudica a ambas.

Preguntas frecuentes

¿Pueden investigarme por lavado sin que exista condena por otro delito?

Sí. En el ordenamiento peruano el lavado de activos es un delito autónomo: no se exige condena previa, ni proceso abierto, por el delito del que supuestamente proceden los bienes. La acusación puede construirse sobre indicios del origen ilícito de los activos.

Me han citado a declarar en diligencias preliminares. ¿Debo ir con abogado?

Sí, y conviene además preparar la declaración antes de comparecer. Lo que se declare en esa fase condiciona todo el proceso posterior, y las inexactitudes cometidas de buena fe al explicar operaciones antiguas suelen interpretarse después como indicios de ocultamiento.

¿Qué es el desbalance patrimonial?

Es la diferencia que la Fiscalía sostiene que existe entre el patrimonio y el nivel de vida de una persona y los ingresos que puede acreditar. Es el eje habitual de la acusación por lavado de activos, y desmontarlo documentalmente suele ser el objetivo central de la defensa.

¿Puede ser investigada la empresa además de sus directivos?

Sí. La Ley 30424 establece la responsabilidad administrativa autónoma de las personas jurídicas por determinados delitos, entre ellos el lavado de activos. La empresa puede responder con independencia de la responsabilidad penal de sus directivos, aunque un modelo de prevención adecuado puede eximirla o atenuar la sanción.

La primera reunión es de trabajo.

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