No existe convenio para evitar la doble imposición en vigor entre el Perú y España. Ambos Estados suscribieron uno en 2006, pero nunca llegó a entrar en vigor porque no completó el proceso de ratificación.
Los convenios vigentes del Perú son los suscritos con Canadá, Chile, Brasil, Corea, México, Suiza, Portugal y Japón, además de la Decisión 578 de la Comunidad Andina, aplicable entre los países miembros. España no está en esa lista.
Qué significa en la práctica
Un inversor chileno o mexicano en el Perú cuenta con reglas escritas de reparto de la potestad tributaria: qué grava cada Estado, con qué límites y cómo se elimina la doble imposición. El asesoramiento es en buena medida mecánico.
Entre el Perú y España no hay nada de eso. La única mitigación posible viene de los mecanismos unilaterales que cada legislación prevé por separado, y esos mecanismos tienen límites que no siempre absorben la totalidad del impuesto pagado en el otro país.
Sin convenio, el resultado neto depende casi por completo de decisiones que se toman antes: la residencia fiscal, la forma jurídica, la cadena de tenencia y el momento de cada operación.
Los frentes que hay que ordenar
Residencia fiscal y su prueba
Es el punto de partida, y el más discutido. Determinar dónde se es residente no es una opción declarativa: depende de criterios de permanencia, centro de intereses económicos y vínculos familiares. Sin convenio no hay reglas de desempate, de modo que un conflicto de doble residencia puede acabar con ambos Estados gravando la renta mundial.
Repatriación de utilidades
Para una empresa española que opera en el Perú, la elección entre sucursal, S.A.C. o S.R.L. no debe hacerse por el coste de constitución, que es marginal, sino por el coste fiscal real de sacar el beneficio del país. Es el factor que determina el retorno.
Estructura de tenencia
Cómo se ordena la titularidad de los activos entre ambos países condiciona la tributación de los dividendos, de las plusvalías futuras y de la sucesión. Modificarla después suele tener un coste fiscal propio.
Precios de transferencia
Las operaciones entre entidades vinculadas de ambos países deben valorarse a mercado y documentarse. Es una de las áreas de fiscalización más activas.
Obligaciones informativas españolas
El residente en España debe informar sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Es una obligación que se incumple con frecuencia por desconocimiento y que conviene revisar antes de que se convierta en un problema.
Herencias y donaciones
La asimetría es notable: el Perú no aplica un impuesto sucesorio equivalente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones español, mientras que España grava al heredero residente con independencia de dónde estén los bienes. Sin convenio, esa diferencia se resuelve —o no— con planificación previa. Lo tratamos en detalle en herencias entre el Perú y España.
Cómo lo llevamos
Analizamos la situación completa a ambos lados antes de proponer nada, coordinamos con el asesor contable del cliente o aportamos el nuestro, y dejamos por escrito el criterio seguido y su respaldo documental. En materia fiscal sin convenio, la defensa de una posición se prepara el día en que se adopta, no el día en que se revisa.